EL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE CASTELLÓN, JUNTO AL COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE ALICANTE Y EL MUY ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE VALENCIA HAN FIRMADO UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA PARA LA DISPENSACIÓN DE MEDICACIÓN HOSPITALARIA A PACIENTES NO INGRESADOS.


El martes 24 de enero la Presidenta del Consejo Valenciano de Colegios de Farmacéuticos, y presidenta del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Castellón, junto a los presidentes de los Colegios Oficiales de Alicante y Valencia, se reunían en Conselleria de Sanidad para la firma de un Convenio de Colaboración.

Este Convenio regula las condiciones para el servicio de recepción por el paciente de la dispensación hospitalaria colaborativa en proximidad con las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana, dentro del plan asistencial de atención farmacéutica telemática (Pat) en las unidades de atención farmacéutica a pacientes externos (UFPE) de los hospitales de la Comunidad Valenciana.

En esta reunión, a la que han asistido Dª Rosa Arnau Salvador, Presidenta del Consejo Valenciano de Colegios de Farmacéuticos y presidenta del ICOFCS, D. Jaime Alcalá Giner, Secretario del ICOFCS, y, el presidente del COF de Alicante, D. Andrés García Mongars, y del MICOF de Valencia, D. Jaime Giner Martínez, la Conselleria ha hecho hincapié en que sea el Servicio de Farmacia Hospitalaria (SFH) el responsable del proceso, así como el servicio dispensador. Además, el SFH será responsable de seleccionar, priorizar y estratificar los pacientes, velando por el cumplimiento de las condiciones que deben cumplir para ser candidatos a la recepción del medicamento en proximidad, en este caso, en la oficina de farmacia.

Por su parte, los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia garantizarán la recogida de los medicamentos preparados en los SFH públicos, concesiones y consorcios de la Comunidad Valenciana, así como la custodia, el transporte, el seguimiento/trazabilidad y la recepción en proximidad individualizada a cada paciente programado.

Además, se incide en que la recepción por parte del paciente de medicamentos en las Oficinas de Farmacia es responsabilidad del farmacéutico/a titular/es de la oficina de farmacia y debe mantener los criterios de calidad que subyacen a cualquier dispensación marcadas por la normativa vigente.

Desde los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Castellón y Valencia se espera que, a través de la firma de este Convenio, se pueda continuar garantizando el acceso a la población de medicamentos y productos sanitarios que comenzó con el inicio de la pandemia del COVID-19 y que ahora culmina con la firma de este Convenio que entendemos es un gran paso para continuar con este proyecto.

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